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LAS BAMBAS BUSCA REVERTIR MULTA DE MÁS DE S/ 800 MIL POR OBRAS HIDRÁULICAS EJECUTADAS SIN PERMISO EN QUEBRADA PICHACCANI

La minera presentó una reconsideración para dejar sin efecto la sanción impuesta por la Autoridad Administrativa del Agua–Pampas Apurímac, que detectó la construcción de estructuras y desvíos de cauce sin autorización en territorios de Huancuire. El caso podría llegar al Tribunal de Resolución de Controversias Hídricas.

Cotabambas, 19 de noviembre 2025.- Las Bambas busca tumbarse resolución que la multa por más de S/ 800 mil por construir obras sin permiso

 

En los próximos días, la Autoridad Administrativa del Agua – Pampas Apurímac (AAA–PA) deberá pronunciarse sobre la reconsideración presentada por Minera Las Bambas, que busca dejar sin efecto la multa de S/ 836,258.50 que le fue impuesta por ejecutar obras hidráulicas y desviar cauces en la quebrada Pichaccani, ubicada en terrenos de la comunidad de Huancuire, provincia de Cotabambas.

 

La sanción fue formalizada mediante la Resolución Directoral N.º 0558-2025-ANA-AAA.PA, emitida el 12 de julio de 2025, donde se precisa la imposición de una multa equivalente a 156.31 UIT por dos infracciones:

 

Construcción de la poza de sedimentación A en el cauce de la quebrada Pichaccani sin autorización de la ANA, y

 

Desvío del cauce natural del recurso hídrico, también sin permiso.

 

Según el documento, ambas faltas se encuentran tipificadas en los numerales 3 y 6 del artículo 120 de la Ley N.º 29338, Ley de Recursos Hídricos.

 

Verificación en campo

 

La medida sancionadora se sustenta en la inspección realizada el 29 de mayo de 2024 por la Administración Local de Agua. En dicha verificación se constató la existencia de la poza de sedimentación A, así como zanjas y movimientos de tierra que habrían alterado el cauce natural de la quebrada en una zona próxima al tajo Chalcobamba.

 

En su defensa, Las Bambas alegó que las estructuras formaban parte de los componentes mineros aprobados previamente por el Ministerio de Energía y Minas (Minem). No obstante, la AAA–PA recordó que las autorizaciones sectoriales no sustituyen los permisos obligatorios para intervenir en cuerpos de agua naturales, una competencia exclusiva de la Autoridad Nacional del Agua.

 

El caso podría escalar a Lima

 

Una fuente técnica consultada por Titanka Noticias, que prefirió mantener su identidad en reserva, señaló que es “muy probable” que la AAA–Pampas Apurímac declare improcedente la reconsideración presentada por la minera. De producirse ello, la empresa podrá apelar y el expediente será elevado al Tribunal de Resolución de Controversias Hídricas, en Lima.

 

“Es muy probable —esperemos que no sea así— que el Tribunal declare fundada la solicitud presentada por la empresa minera; hay mucha presión al respecto”, advirtió la fuente.

 

De confirmarse este escenario, el Tribunal resolvería en última instancia administrativa este caso, que involucra la intervención no autorizada de un cuerpo de agua en un área de alta sensibilidad social y ambiental.

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